Trabajadores de Sindicato  Nacional al Servicio del Poder Judicial Federal entran en paro de labores.

Torreón, Coahuila.- A partir de ese día y hasta el 24  del presente, los trabajadores  que militan en el Sindicato  Nacional al Servicio del Poder Judicial Federal en esta ciudad así como  los que laboran   en el resto del país, entraron en paro  de actividades como extensión del movimiento de protesta iniciado el día 18 del presente en contra del Dictamen emitido por la Cámara de  Diputados  que cancela 13 de los 14  Fideicomisos  ya enviado a la Cámara de Senadores que cuenta hasta el dia 24 del presente, para resolver lo conducente.

Aseguran los participantes que  esta acción no afectará  procesos que registren en su  desarrollo plazos fatales y términos jurídicos, toda vez que  el lapso de tiempo  que contempla este paro no aplican.

El paro, fue  decidido  para ser realizado en todas y cada una de las sedes que albergan  Tribunales, Tribunales Colegiados, Juzgados  de  Distrito en todas las sedes del Poder Judicial del país, luego que la dirigencia nacional del Sindicato  del PJF  representados por sus Secretario general Gustavo González  Pimentel  lo hiciera saber a sus agremiados.

Tal decisión fue acatado por la Sección local de ese sindicato a cargo de  quien había encabezado ya en los días pasados movilizaciones de por lo menos 500 trabajadores que anticipaban su apoyo a la no extinción de los   controvertidos  Fideicomisos, algunos  que afectarán algunas áreas de apoyo a los trabajadores en materia de salud y pensiones.

En esta ciudad, el paro de labores  involucra Ia actividad  en todas las sedes de los Juzgados  Colegiados  de Distrito, Tribunales de Apelación, Tribunales  de Distritos Mixtos, Tribunales Laboral  y  Juzgado Mixto Federal.

Por su parte, el Consejo de  la  Judicatura Federal, órgano máximo, dio a conocer que durante el tiempo que registre  el paro hoy iniciado, se ha puesto en servicio  de todo ciudadano que así lo requiera, de un   portal para que a través de éste se solicite  servicio y atención,  o protección  de la Justicia de la  Unión, según sea el caso específicamente en temas relacionados con Amparos, de carácter urgente.

Así también  toda atención que con carácter de urgente  sea presentada,   a través de  Guardias y con mínimo personal, se incluye su atención urgente en todos y cada uno de los casos que marca el Artículo  15 de la Ley de Amparo.

Entre estas se contemplan las relacionadas con ataques a la libertad personal,  ataques que pongan en peligro la vida, y otros así como los contemplados en el Artículo  22 de la Constitución.

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Author: Olga Quirarte Ramírez